- Se veta en Ciudad de México la exhibición de perros y gatos en jaulas, vitrinas o espacios que limiten su movimiento.
- La venta y adopción solo podrán hacerse con cita previa y bajo supervisión de un veterinario.
- Los animales deberán estar esterilizados, desparasitados y contar con certificado de salud y origen.
- Las multas por incumplir la norma alcanzan hasta unas 3.000 UMA, con sanciones económicas muy elevadas.

La Ciudad de México ha dado un paso relevante en materia de protección y bienestar de los animales de compañía al aprobar una reforma que cambia por completo la forma en que se pueden ofrecer perros y gatos en tiendas. A partir de la entrada en vigor de la norma, queda prohibido tenerlos encerrados en jaulas, vitrinas o espacios reducidos como si fueran meros objetos de exposición.
Esta decisión llega tras años de denuncias y campañas ciudadanas contra la exhibición de cachorros en condiciones de estrés, con ruidos constantes, luces intensas y un flujo incesante de personas. El nuevo marco legal no solo pretende evitar el maltrato asociado a estas prácticas, sino también impulsar un cambio de mentalidad hacia una relación más responsable con los animales, algo que en Europa y España también se está discutiendo cada vez con más fuerza.
¿En qué consiste exactamente la prohibición?
El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma que impide a los establecimientos comerciales exhibir perros y gatos en jaulas, vitrinas u otros espacios que limiten su movimiento. Esto afecta especialmente a las tiendas de mascotas situadas en centros comerciales y zonas de alto tránsito, donde era habitual ver a los animales confinados durante horas.
La medida distingue entre los espacios de exposición y las zonas destinadas al alojamiento de los animales. Los perros y gatos deberán permanecer en áreas de estancia adecuadas, lejos del escaparate, con espacio suficiente, descanso, acceso a agua, alimento y condiciones higiénicas correctas. Ya no podrán pernoctar ni pasar largos periodos en vitrinas o recintos minúsculos a la vista del público.
El objetivo declarado es proteger la salud física y emocional de los animales. Diversos informes de organizaciones de protección animal han señalado que el encierro prolongado en vitrinas provoca altos niveles de ansiedad, miedo, problemas de comportamiento y mayor vulnerabilidad frente a enfermedades.
Además, al eliminarse la exhibición directa en aparador, las autoridades buscan desincentivar la compra impulsiva de cachorros, basada solo en el aspecto del animal, y favorecer decisiones más meditadas y responsables por parte de quienes quieran adoptar o comprar.
En este sentido, la experiencia de la CDMX puede servir de referencia para debates legislativos en Europa y en España, donde ya se han aprobado leyes de bienestar animal que restringen la venta de mascotas en tiendas físicas y promueven la adopción frente a la compra.
Venta y adopción solo con cita previa
Uno de los cambios más relevantes es que la venta y la adopción de perros y gatos deberán realizarse exclusivamente mediante cita previa. Es decir, se acabó el modelo de “me lo llevo ahora mismo” tras ver al cachorro en el escaparte. Las tiendas tendrán que organizar un sistema de reservas y visitas programadas.
Durante esa cita, será obligatoria la presencia de un médico veterinario zootecnista, que tendrá la responsabilidad de supervisar el estado del animal, resolver dudas y explicar a la persona interesada las necesidades básicas de la especie y de ese ejemplar en concreto. El objetivo es que la decisión final se tome con información suficiente y asesoramiento profesional.
Para facilitar el proceso, se prevé el uso de catálogos digitales o sistemas similares que permitan a los futuros cuidadores conocer a los animales disponibles sin exponerlos físicamente en vitrinas. Tras elegir a un posible candidato, se agenda la visita en un espacio de interacción adecuado, donde el perro o gato pueda moverse con cierta libertad.
Al término de la cita, en caso de que la adopción o compra no se formalice, el animal deberá ser devuelto a su área de estancia habitual, un espacio que la ley obliga a que cumpla con condiciones mínimas de bienestar. No podrá quedar “aparcado” en el escaparate a la espera de que otro posible comprador pase por delante.
Este sistema se alinea con enfoques ya implantados en distintos países europeos, donde la relación con los animales se concibe más como una adopción responsable que como una simple transacción comercial, reduciendo así abandonos y compras por capricho.
Requisitos sanitarios y de bienestar para perros y gatos
La reforma introduce también una serie de obligaciones para quienes comercialicen perros y gatos. Solo se podrán ofrecer ejemplares esterilizados y desparasitados, lo que busca controlar la reproducción indiscriminada y reducir el riesgo de enfermedades parasitarias.
Los establecimientos deberán entregar un certificado de salud y de origen por cada animal, especificando su procedencia, el estado sanitario y los tratamientos recibidos. Con ello se intenta poner freno a la cría irresponsable y a los circuitos opacos de suministro, similares a los que en Europa se han detectado en algunas redes de tráfico de cachorros.
Además, la normativa prevé que los compradores o adoptantes reciban información detallada sobre el comportamiento, las necesidades de ejercicio, la alimentación recomendada y los cuidados generales. Esta información, ofrecida de forma clara y comprensible, pretende reducir las devoluciones y los abandonos a medio plazo.
Se contempla también que si la adopción o venta no se consolida por cualquier motivo, exista un plazo establecido para regresar al animal al establecimiento, a menudo asociado a una cuota de reintegración. Esta medida sirve para dar un cierto margen de seguridad tanto a la persona como al animal, evitando que se quede en un entorno donde no encaja.
Otro punto relevante es la prohibición de vender cachorros menores de cuatro meses, lo que coincide con la recomendación de especialistas y con ciertas normativas europeas que fijan edades mínimas de entrega para garantizar un desarrollo adecuado y una socialización mínima con la madre y la camada.
Multas, sanciones y vigilancia de la nueva norma
El cumplimiento de la reforma quedará en manos de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), organismo encargado de supervisar a los establecimientos y aplicar las sanciones correspondientes en caso de infracción.
Las multas previstas oscilan entre 150 y 3.000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que se traduce aproximadamente en entre 16.900 y 339.000 pesos. Estas cantidades suponen un castigo económico importante para las tiendas que sigan exhibiendo perros y gatos en jaulas o vitrinas o que no respeten las nuevas condiciones de bienestar.
Además de las sanciones económicas, la normativa abre la puerta a medidas adicionales como el retiro de licencias o la clausura de establecimientos reincidentes. Con esto, las autoridades buscan desincentivar de forma contundente el modelo tradicional de venta de mascotas como mercancía expuesta al público.
Para reforzar el control, desde el ámbito político se han planteado iniciativas complementarias, como la creación de figuras ciudadanas o partidarias que actúen como “guardianes” del bienestar animal, vigilando que se cumpla la ley y canalizando denuncias. Aunque ese tipo de propuestas genera debate, reflejan la creciente preocupación social por el trato que reciben los animales.
En paralelo, este tipo de sanciones puede servir de referencia para futuras regulaciones en la Unión Europea, donde el incumplimiento de normas de bienestar animal también suele conllevar fuertes multas y, en casos graves, la inhabilitación para ejercer actividades relacionadas con la fauna de compañía.
Calendario de aplicación y cambio de modelo comercial
La reforma no se aplicará de forma inmediata. El texto legal establece que la prohibición entrará en vigor 365 días naturales después de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Se concede así un año para que las tiendas se adapten al nuevo modelo.
Durante ese periodo, las autoridades deberán emitir lineamientos específicos que definan las características mínimas de los espacios donde se alojarán los animales, los protocolos de atención, la forma de gestionar las citas y los requisitos de documentación. También será el momento para campañas informativas dirigidas tanto a comerciantes como a la ciudadanía.
Para los establecimientos, este plazo supone la necesidad de reconfigurar sus instalaciones, invertir en áreas de estancia adecuadas y establecer sistemas de gestión de citas y catálogos digitales. Algunos comercios podrían optar por dejar de vender animales de compañía y centrarse en productos y servicios, algo que en varios países europeos ya es la norma.
En paralelo, la reforma consolida un proceso más amplio: en la CDMX ya se habían adoptado medidas como la prohibición de vender animales en tianguis, mercados y bazares, o el reconocimiento de los animales como “seres sintientes” en la legislación local. Incluso se han impulsado restricciones a espectáculos con animales, en línea con las tendencias que se observan también en varias regiones de España.
Este conjunto de cambios apunta hacia un nuevo modelo de relación jurídica y social con los animales, en el que su bienestar deja de ser un asunto secundario para ocupar un lugar central en las políticas públicas y en los hábitos de consumo.
Con esta reforma, la Ciudad de México se coloca como ejemplo de cómo las grandes urbes pueden replantear la venta de perros y gatos, priorizando su bienestar sobre el escaparate. Mientras Europa y España siguen avanzando en leyes de protección animal, la experiencia mexicana refuerza la idea de que dejar de exhibir mascotas en vitrinas, exigir condiciones sanitarias estrictas y castigar con firmeza el incumplimiento son pasos clave para reducir el sufrimiento animal y promover una tenencia mucho más responsable.
